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La formación de los trabajadores de empresa alimentaria será impartida por la propia empresa alimentaria, por empresas o entidades formadoras o por la autoridad competente cuando por razones específicas lo considere necesario.

La educación y la formación son elementos indispensables en los programas sobre seguridad de los alimentos en todos los sectores de la cadena alimentaria. El Reglamento 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, obliga a los empresarios a "garantizar":

  1. La supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria, de acuerdo con su actividad laboral y comprenden cuáles son sus propias responsabilidades en las actividades del establecimiento.
  2. Que quienes tengan a su cargo el desarrollo y mantenimiento del procedimiento mencionado en el apartado 1 del artículo 5 del Reglamento citado o la aplicación de las guías pertinentes hayan recibido una formación adecuada en lo tocante a la aplicación de los principios del Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC).

Para responder a esta obligación, el personal directivo, los propietarios y los responsables en el control de las empresas deberán tener un nivel de conocimientos suficiente en seguridad alimentaria. De esta forma, dicho personal podrá exigir y controlar que los manipuladores aplican las prácticas de higiene correctamente, lo cual deberá demostrar, en cualquier momento, a la autoridad sanitaria competente, porque el programa de formación de los manipuladores de alimentos está incluido entre los prerrequisitos de obligado cumplimiento para toda empresa alimentaria, y se debe gestionar en el Plan de autocontrol basado en los principios APPCC de la empresa o como instrumento complementario de la Guía de Prácticas Correctas de Higiene (GPCH) que aplique en su establecimiento.

Con el objetivo de facilitar a las empresas alimentarias orientaciones en el ámbito de estos tres puntos establecidos en el campo de la formación se ha ratificado en Comisión Institucional de 21 de julio de 2010 el " Documento de orientación sobre formación de manipuladores de alimentos".