Protocolo de muestreo preparación de la muestra y análisis de metales pesados en productos pesqueros
El Reglamento 1881/2006, de 19 de diciembre, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios establece, entre otros, límites máximos de plomo, cadmio y mercurio en los productos pesqueros.
Por lo que respecta al procedimiento de muestreo y métodos de análisis, el Reglamento 333/2007, de 28 de marzo, fija los métodos de toma de muestras y de análisis para el control oficial del contenido máximo de plomo, cadmio, mercurio, estaño inorgánico, 3-MCPD y benzo-(a)-pireno.
Por su parte, el Reglamento (CE) 882/2004 sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, en su capítulo III, regula los requisitos de calidad que deben cumplir los laboratorios que realicen el control oficial de los productos alimenticios.
Finalmente, el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria, desarrolla el procedimiento de toma de muestras en el control oficial de los productos alimenticios.
Este protocolo aprobado en el año 2004, se actualizó en 2008 de acuerdo con la nueva legislación vigente y con la experiencia de aplicación durante esos cuatro años. En la actualización de 2010 se aclaró el procedimiento de muestreo para conservas y semiconservas, así como para los crustáceos. La actual modificación se basa en la publicación reciente de enmiendas a la legislación europea de metales pesados, aclarando ciertos aspectos del muestreo relacionado con la aplicación de los límites máximos de estos contaminantes. Además, se ha añadido la referencia a la recientemente publicada Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición.
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