11/12/2008
Medidas a tomar en relación a la situación de las dioxinas
en Irlanda
Basándose en la declaración de EFSA y la información
proporcionada por la delegación de Irlanda y los países miembros afectados, se
reunió el Comité Permanente, adoptando las siguientes medidas :
- - La carne de cerdo procedente de Irlanda, producida desde el 1 de
septiembre hasta el 6 de diciembre de 2008 debe retirarse del mercado para su
destrucción.
- - Cuando en la composición de productos de alimentación tales como pizzas,
sándwich, salsas de carne, etc… y productos cárnicos el contenido en carne y
grasa de cerdo procedente de Irlanda, no supere un porcentaje total del 20 % no
deben retirarse.
- - Cuando en la composición de productos de alimentación y productos
cárnicos el contenido en carne y grasa de cerdo procedente de Irlanda, el
porcentaje esté por encima del 20 % deben retirarse del mercado e
inmovilizarse. Posteriormente se deberán tomar muestras representativas de los
mismos, y solamente si las pruebas analíticas realizadas se corresponden
con la legislación europea sobre dioxinas, estos productos podrán de nuevo
volver al mercado. En el caso de que los resultados no se correspondan con los
establecidos en la legislación europea se destruirán.
En cuanto a los productos del vacuno, las autoridades de Irlanda y del Reino
Unido (por Irlanda del Norte) deberán proporcionar más información al
RASFF sobre la posible contaminación. Los Estados Miembros deberán tomar
acciones basadas en la información distribuida a través del RASFF (Red de
Alerta Europea de Seguridad Alimentaria, Rapid Alert System for Food and
Feed).