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Apartado objetivos de AESANAspartamo: Petición de datos por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)

02/10/2008

El Real Decreto 2002/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la lista positiva de edulcorantes autorizados para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización transpone la Directiva 94/35/CEE relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios, establece las dosis máximas de uso de aspartamo, entre otros edulcorantes, en determinadas categorías de alimentos.

Basándose en la información científica disponible hasta el momento, hay un acuerdo entre las autoridades alimentarias de todo el mundo sobre la ausencia de efectos adversos en la salud provocados por aspartamo. Concretamente, desde que el Comité Científico de Alimentos (SCF en inglés) dio una opinión positiva en 1988, revisada en 2002, se ha venido utilizando en diversos productos alimenticios sin azúcar y bajos en calorías.

No obstante, continúa habiendo un cierto nivel de preocupación pública acerca del riesgo del uso de aspartamo en alimentos. Por ello, la EFSA y su Foro Consultivo (AF) han llegado un acuerdo sobre la necesidad de llevar a cabo una iniciativa europea para tratar de manera exhaustiva todas las preguntas que surjan sobre la seguridad del uso de aspartamo en alimentos. Esta iniciativa se plasmará en una reunión de Expertos Nacionales en Aspartamo que tendrá lugar a comienzos de 2009. La preparación de esta reunión supone la identificación y el profundo análisis de nuevas evidencias científicas y otras informaciones disponibles sobre el aspartamo desde la última revisión llevada a cabo en 2002. Se incluye, además, posibles efectos adversos notificados del uso de aspartamo en humanos, así como la identificación de vacíos para futuras evaluaciones de seguridad o limitaciones en el conocimiento actual.

Para ayudar al equipo que está preparando la reunión de Expertos Nacionales en Aspartamo, la EFSA ofrece a todos los sectores implicados la oportunidad de enviar la información documentada que consideren relevante y a la que dicho equipo no tiene acceso a través de la literatura científica publicada. EFSA señala una serie de áreas de interés particular, indicando que la información sobre cualquier otro campo será bienvenida:

  • Función cerebral, incluyendo cambios de humor
  • Efectos sobre saciedad y apetito
  • Datos epidemiológicos, incluyendo datos de exposición
  • Fertilidad y reproducción
  • Inmunotoxicidad y alergenicidad
  • Aspectos metabólicos y diabetes
  • Cáncer y efectos genéticos

Todos aquellos interesados en el envío de información relevante sobre aspartamo  pueden hacerlo en la dirección de correo electrónico aspartamecallfordata@efsa.europa.eu y tienen de plazo hasta el 31 de octubre de 2008.

El equipo que prepara la reunión sobre aspartamo está interesado en saber si, además de enviar la información solicitada, las personas de contacto estarían interesadas en debatir sobre dicha información. En caso afirmativo, solicitan incluir los detalles de contacto en la información suministrada a EFSA (incluyendo nombre, dirección de contacto, número de teléfono y correo electrónico).