La Comisión Europea ha confirmado las condiciones particulares de
importación de productos que contienen leche o productos lácteos originarios o
procedentes de China, con motivo de la detección de melamina15/10/2008
La Comisión Europea ha confirmado, mediante la publicación en el DOUE de hoy de la Decisión 2008/798/CE, las medidas adoptadas el pasado 26 de septiembre para la importación de productos que contienen leche o productos lácteos originarios o procedentes de China por la detección de niveles altos de melamina en leche infantil y otros productos lácteos.
Estas medidas han contado con la opinión favorable del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Sanidad Animal, reunido el pasado 10 de octubre, introduciendo algunas modificaciones con respecto a la Decisión 2008/757/CE, vigente hasta hoy. Esta opinión favorable era preceptiva para confirmar las medidas unilaterales adoptadas anteriormente por la Comisión Europea en base al artículo 53 del Reglamento 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Las medidas adoptadas con respecto a los productos originarios o procedentes de China son: