Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, artículo 68.1
- El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y
usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la
otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese
derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna
clase.
Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista,
artículo 10
- Caso de no haberse fijado el plazo, dentro del cual el comprador podrá
desistir del contrato, aquél será de siete días.