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subseccion EnlacesDietéticos con legislación específica

Los productos alimenticios destinados a una alimentación especial para los que la legislación europea y nacional ha establecido disposiciones específicas son, hasta la fecha, los siguientes:

  • Preparados para lactantes y de continuación (Real Decreto 867/2008): destinados a lactantes sanos desde su nacimiento hasta la introducción de la alimentación complementaria
  • Alimentos Elaborados a Base de Cereales y Alimentos Infantiles para Lactantes y Niños de Corta Edad (Real Decreto 490/1998):  destinados a los lactantes durante el período de destete y a los niños de corta edad, como complemento de su dieta o para su progresiva adaptación a los alimentos normales
  • Productos alimenticios destinados a ser utilizados en dietas de bajo valor energéticos para reducción de peso (Real Decreto 1430/1997)
  • Alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales (Real Decreto 1091/2000)
  • Productos alimenticios apropiados para personas con intolerancia al gluten ( Versión consolidada del Reglamento (CE) 41/2009)
    • El Reglamento 41/2009 sobre la composición y etiquetado de los productos alimenticios apropiados para personas con intolerancia al gluten insta a los Estados miembros a desarrollar campañas informativas  sobre las características de los distintos productos que pueden encontrarse en el mercado. Dentro de estas actividades la AESAN ha elaborado el folleto “Alimentos apropiados para personas con intolerancia al gluten”, en el que de forma sencilla se identifican los distintos productos destinados a satisfacer las necesidades de este colectivo

 

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