::AESAN:: Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición
Inicio >  Sobre AESAN >  Laboratorio de Referencia de la Unión Europea de Biotoxinas Marinas

subseccion EnlacesLaboratorio de Referencia de la Unión Europea de Biotoxinas Marinas (LRUEBM)

El LRUEBM es el Laboratorio de Referencia de la Unión Europea de Biotoxinas Marinas. Como tal, coordina las actividades de la red de Laboratorios Nacionales de Referencia (LNR), establecidos en cada uno de los Estados Miembros de la UE, en cuestiones relacionadas con la metodología aplicada al control de las biotoxinas marinas en moluscos, con objeto de proteger la salud pública y garantizar un elevado nivel de seguridad alimentaria a los consumidores.

El Laboratorio de Biotoxinas Marinas de Vigo (España) fue designado como LCRBM en 1993. Desde 2004, el LRUEBM pertenece a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Las funciones de los Laboratorios Comunitarios de Referencia están establecidos en el artículo 32 del Reglamento (CE) Nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004 y, esencialmente, son:

  1. Proporcionar a los laboratorios nacionales de referencia los detalles de los métodos analíticos, en especial de los métodos de referencia;
  2. Coordinar la aplicación de los métodos mencionados en la letra a) por parte de los laboratorios nacionales de referencia, en particular organizando la realización de ensayos comparativos y realizando su adecuado seguimiento de acuerdo con protocolos internacionalmente aceptados, si están disponibles;
  3. Coordinar, en su ámbito de competencias, la organización práctica necesaria para aplicar nuevos métodos de análisis e informar a los laboratorios nacionales de referencia de los avances en este campo;
  4. Organizar cursos de formación inicial y continua dirigidos al personal de los laboratorios nacionales de referencia y a expertos de países en desarrollo;
  5. Proporcionar a la Comisión asistencia científica y técnica, sobre todo en los casos en que un Estado miembro cuestione los resultados de los análisis;
  6. Colaborar con los laboratorios encargados de analizar los piensos y los alimentos en terceros países.

::AESAN:: Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición | Guía de navegación | Aviso Legal | Accesibilidade | Valido XTML 1.0 Transitional | CSS Valida | Nivel doble-A de conformidad con las pautas W3C-WAI 1.0 para contenido web accesible |